La creación del espacio de los Huertos Familiares responde a una doble necesidad:
1.- La de instauración de un espacio para el fomento de actitudes activas en el tiempo libre y de ocio, con el objeto de que, a la vez que se enriquecen los valores saludables y ambientales se dé ocupación y distracción a aquellas personas que no posean otros medios que satisfagan sus necesidades de ocio.
2.- La de proporcionar una parcela destinada a la obtención de productos de autoconsumo, frescos y saludables, bajo criterios de agricultura ecológica y que ayuden a las economías familiares del municipio de Villamayor.
De esta manera, el Ayuntamiento de Villamayor, promueve la protección del medio ambiente, la mejora de la calidad de vida de los habitantes del municipio y de la calidad alimentaria; que redunda indudablemente en beneficio de la salud y en la innovación en cuanto a prácticas medioambientales relacionadas con la calidad agronómica.
Con fecha 28 de enero de 2019 se ha modificado el Reglamento regulador de los Huertos Familiares de Villamayor. El plazo para la presentación de las solicitudes será del día 29 de marzo al 5 de abril del dos mil diecinueve y los criterios para la adjudicación se pueden consultar en la https://villamayor.sedelectronica.es/info.0.
Las licencias que habilitan para el uso y disfrute de los huertos tendrán una duración de cuatro años, improrrogables, contados a partir del día siguiente a su notificación.
Los requisitos se deberán poseer antes de que termine el plazo de presentación de solicitudes. En caso de que no se cumplan los requisitos en dicho plazo, el solicitante quedará excluido del proceso de adjudicación. Una vez adjudicada la licencia que autoriza el uso del huerto, el adjudicatario deberá abonar la tasa establecida por el Ayuntamiento que asciende a 0.10€/m2/año